¿Qué sucedió?
El pasado 20 de diciembre de 2024, el Poder Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”), la reforma constitucional al artículo 28 (la “Reforma Constitucional”) mediante la cual se extinguen siete órganos autónomos, entre ellos, la Comisión Federal de Competencia Económica (la “COFECE”) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (el “IFT”).
Con la Reforma Constitucional, las funciones que actualmente desempeñan la COFECE y el IFT (en materia de competencia económica) serán transferidas una nueva autoridad en materia de libre competencia y concurrencia, desconcentrada de Poder Ejecutivo, que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, estará dotada de independencia técnica y operativa en sus decisiones, organización y funcionamiento, y se garantizará la separación entre la autoridad que investiga y la que resuelve los procedimientos.
En términos de la Reforma Constitucional, la impugnación de normas generales, actos u omisiones en materia de libre competencia y concurrencia seguirá siendo mediante juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión; y en el caso de que se impongan multas o se ordene la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, éstas se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio que en su caso se primeva.
¿Qué sigue?
El Congreso de la Unión deberá expedir una nueva ley de Competencia, o realizar modificaciones a la legislación actual, que considere las adecuaciones necesarias, incluyendo:
(i) Definición de su nuevo órgano de gobierno, incluyendo los criterios de selección de sus miembros; y
(ii) Definición respecto a si se mantendrán las figuras legales y procesos actuales, incluyendo las prácticas monopólicas, umbrales de notificación de concentración, los procedimientos especiales como son barreras a la competencia y libre concurrencia e insumos esenciales, así como los procedimientos, incluyendo sistemas de trámites electrónicos, y su duración y las reglas de contacto con la autoridad.
¿Cuándo sucederá?
La Reforma Constitucional que se refiere a las reformas relacionadas con la nueva organización y naturaleza de la nueva autoridad en materia de libre competencia y concurrencia entrará en vigor 180 días después de la promulgación de la nueva legislación en materia de competencia económica o las reformas a la ley de competencia vigente.
La Reforma Constitucional no especifica si dicho plazo considera días hábiles o naturales, y tampoco indica el término para que el Congreso de la Unión expida la nueva legislación en materia de competencia económica o, en su caso, reforme la ley de competencia vigente por lo que, al día de hoy, aún no se conoce la fecha exacta en la cual la COFECE y el IFT se extinguirán.
Si bien la COFECE y el IFT continuarán operando durante dicho periodo, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2025 prevé un recorte de su presupuesto de aproximadamente el 70%, por lo que es posible prever una reducción en el personal, así como un incremento en el tiempo de sus procedimientos.
¿Qué pasará con los procedimientos actuales?
Los actos emitidos por la COFECE y el IFT con anterioridad a su desaparición seguirán surtiendo efectos legales y se espera que los procedimientos en curso al momento de su desaparición continuarán su tramitación por la nueva autoridad de competencia.
Consideraciones para el año 2025
Aunque el decreto de la reforma constitucional ya fue publicado, aún existe incertidumbre respecto de la operación de la nueva autoridad de competencia, la cual al día de hoy se espera tenga una estructura y funcionamiento similar a su antecesora (Comisión Federal de Competencia (Cofeco)).
No obstante, salvo que el Congreso de la Unión promulgue la legislación secundaria antes de junio y dicha legislación entre en vigor de manera casi inmediata tras su publicación, COFECE y el IFT seguirán operando durante todo o casi todo el 2025.
En caso de dudas o comentarios, por favor no dude en contactar a Francisco Fuentes Ostos, Carlos Orcí Berea y/o Elian Avila Zataray
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