5.11.2024

Desestima la SCJN los conceptos de invalidez planteados en las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra de la reforma constitucional en materia judicial

El Pleno de la SupremaCorte de Justicia de la Nación (“SCJN”) analizó el proyecto del ministro JuanLuis González Alcántara Carrancá relativo a la acción de inconstitucionalidad164/2024 y sus acumuladas 165/2024, 166/2024, 167/2024 y 170/2024, promovidaspor el Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, diversasdiputadas y diputados del Congreso del Estado de Zacatecas, Partido MovimientoCiudadano y Partido Unidad Democrática de Coahuila, en las que se reclamó lainvalidez del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversasdisposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enmateria de reforma del Poder Judicial, publicado en el Diario Oficial de laFederación de 15 de septiembre de 2024 (el “Decreto”).

 

La mayoría delos ministros aprobó que los partidos políticos promoventes están legitimadospara promover acciones de inconstitucionalidad. Sin embargo, por no alcanzarsela mayoría de 8 votos necesaria para declarar la invalidez del Decreto, sedesestimó la acción de inconstitucionalidad en estudio, por lo que el Decretocontinúa vigente y surtiendo plenos efectos.

 

Aunque continúanen trámite diversos juicios de amparo promovidos en contra del Decreto, considerandola votación de hoy en la SCJN, es previsible que continúe la implementación dela reforma constitucional en materia judicial tal y como fue aprobada.

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